EL ABORTO ES UNA ODIOSA PRÁCTICA DESDE EL CÓDIGO DE HAMURABI
Siempre hubo leyes severas contra la práctica del aborto en la humanidad. En el siglo XVIII a. C., el Código de Hamurabi destacaba aspectos de la reparación debida a mujeres libres en casos de abortos provocados, exigiendo el pagamiento de 10 siclos por el feto muerto. En la Grecia antigua, las leyes de Licurgo y de Solón y la legislación de Tebas y Mileto tipificaban el aborto como crimen. Hipócrates, una de las figuras más importantes de la historia de salud, frecuentemente considerado “padre de la medicina”, negaba el derecho al aborto y exigía de los médicos jurar no dar a las mujeres bebidas fatales para la criatura en el vientre. En la Edad Media, la Lex Romana Visigothorum editaba penas seberas contra el aborto.
El Código Penal francés de 1791, en plena Revolución Francesa, determinaba que todos los cómplices de aborto flagelados y condenados a 20 años de prisión. El Código Penal francés en 1810, promulgado por Napoleón Bonaparte, preveía la pena de muerte para el aborto. Posteriormente, la pena de muerte fue substituida por la prisión perpetua. Más allá de eso, los médicos, farmacéuticos y quirúrgicos eran condenados a trabajos forzados.
Si los dichos tribunales condenan la práctica del aborto. “Las Leyes Divinas, a su vez, actúan inflexiblemente sobre los que alucinadamente lo provocan. Fijan esas leyes en el tribunal de la propia conciencia culpable, tenebrosos procesos de recate que pueden conducir al cáncer y a la locura, ahora o más tarde.” (1)
El primer país de la era del pos-guerra a legalizar el aborto fue la Unión Soviética, en el 8 de noviembre del 1920. Los hospitales soviéticos instalaron unidades especiales denominadas abortorios, concebidas para realizar las operaciones en ritmo de producción en masa. La segunda nación a legalizar el abortamiento fue Alemania Nazista, en junio de 1935, mediante una reforma de la Ley para la Prevención de las Dolencias Hereditarias para la Posteridad, que permitió la interrupción de la gravidez de mujeres consideradas de “mala hereditariedad” (no-arianas” o portadoras de deficiencia física o mental).
Entre 1996 y 2009, “al menos 47 de los 192 países de la ONU aprobaron leyes con artículos más liberales.” (2) En todos los países de Europa, excepto Malta, el aborto no es penalizado en situaciones controladas. Los países ibéricos son ejemplos de liberalización. En el 2007, Portugal legalizó el aborto sin restricciones hasta la 10ª semana de gestación y, después de ese periodo, en casos de mal-formación fetal, de estupro o de peligros a la vida o salud de la madre. En España, una ley con términos semejantes comenzó a vigorar en 2010.
Cuba es el único país hispánico en que el aborto es legal sin restricciones. En Colombia, la Corte Constitucional determinó en el 2006 que el aborto es legitimo en casos de estupro, mal-formación fetal o de riesgos para la vida de la madre. Hasta entonces, la práctica era prohibida en el país. Hay países en que el aborto era totalmente ilegal, más pasó a ser aceptado en los últimos años si la madre corre riesgo o si hubiera malformación fetal (en Ira) o en caso de estupro (en Togo)
No nos engañemos, la medicina que ejecuta el aborto en los países que ya legalizaron el asesinato del bebe en el vientre materno es una medicina criminal. No hay ley humana que atenué esa situación ante la Ley de Dios. En Brasil la tasa de interrupción del embarazo supera la tasa de nacimiento. Esa situación hizo surgir en el país grupos dispuestos a legalizar el aborto, tornarlo, accesible, higiénico, jurídicamente “correcto”. Con todo, aunque eso vaya a ocurrir, JAMÄS olvidemos que el aborto ilegal o legalizado SIEMPRE será un CRIMEN ante las Leyes Divinas.
Los abortistas evocan las pésimas condiciones en que son realizados los procedimientos clandestinos. ¡Sin embargo, en que pese a su veracidad, no nos engañemos, imaginando que el aborto oficial irá a resolver la cuestión del asesinato de las criaturas en el útero; al contrario, lo aumentará bastante! Y lo peor, continuará siendo practicado por medios secretos y no controlados, pues la clandestinidad es cómplice del anonimato y no exige explicaciones.
Entérese que si no hay legislación humana que identifique de inmediato e innoble infanticidio, en los reductos familiares o en la bruma de la clandestinidad, y a los que se sumergen en la torpeza del aborto”los ojos divinos de Nuestro Padre si los contempla desde el Cielo, llamando, en silencio, las pruebas del reajuste, a fin de que se expurgue de la conciencia la falta indisculpable que perpetran.” (3)
Chico Xavier dijo que “si en años pasados hubiese la legalización del aborto, y si aquella que fue mi querida madre entrase en la aceptación de semejante legalidad, legalidad profundamente ilegal, yo no habría tenido mi actual existencia, en la que estoy aprendiendo a conocer mi propia naturaleza y a combatir mis defectos, y a recibir el amparo de tanto amigos, que como usted, como todos aquí, nos oyen y me auxilian tanto. (4)
Incluso ante el embarazo resultante de la violencia sexual, “el Espiritismo, considerando el lado trascendente de las situaciones humanas, estimula a la madre a llevar adelante la gravidez y hasta aun mismo a la creación de aquel hijo, superando el trauma del estupro, porque aquel Espíritu que reencarna tendrá, posiblemente un compromiso pasado con la genitora.” (5) Recordando también que “el gobierno debería tener departamentos especializados de amparo material y psicológico a todas las gestantes, en especial, a las que cargan la pesada prueba del estupro.
Es absolutamente indefensible, es inmoral la práctica del aborto “terapéutico”. ¿Por qué interrumpir el proceso reparador que la vida impone al espíritu que se reencarna con deficiencia? ¿Será justo impedirle evolucionar, por el egoísmo de la gestante? Si el aborto, en tiempos pasados, era usado a pretexto de terapia, se debía a la falta de conocimientos médicos. Evocamos en el contexto un aula inaugural del Dr. Juan Batista Olivera y Costa Junior a los alumnos de Derecho de la USP en 1965 (titulada “¿Por qué del aborto terapéutico?”). Juan Batista explico que el aborto en cuestión “no es el único medio, al contrario, es el peor medio, o mejor, no es medio alguno para salvar la vida de la gestante.” (6)
No imponemos anatemas a aquellos que están bajo el impacto de conciencia febricitante cara al acto ya consumado, hasta para que no caigan en la valla profunda del desaliento. Para quien ya se equivoco, conviene recordar lo siguiente: errar es aprender, con todo, al revés de quedarse en el remordimiento, precisan aprovechar la experiencia como una buena oportunidad para el discernimiento en el mañana. Libertarse de la culpa es, sin sombra de dudas, colocarse ante las consecuencias de los actos con la disposición de resolverlas, imperiosamente.
La adopción de un niño abandonado es excelente práctica de erguimiento moral. Se puede, también, hacer opción de una actividad, donde se esté en contacto directo, cuerpo a cuerpo, con criaturas carentes de cariño, de amparo, de calor, de cuidados personales en viveros, en escuelas, en hospitales, en orfanatos, etc.
¡Meditemos sobre eso!
Jorge Hessen
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